miércoles, 4 de enero de 2017

Noviazgo

Noviazgo es la condición o estado de novio. Cuando dos personas se encuentran en pareja y aún no están casados, se dice que viven un noviazgo. El término también permite hacer referencia al tiempo que dura ese estado de relación. Por ejemplo: “Tuvimos un noviazgo muy extenso”, “Carolina y Miguel llevan cinco años de noviazgo”, “Creo que este noviazgo terminará en matrimonio”.
NoviazgoEl noviazgo es un estado transitorio. Se trata de un periodo durante el cual dos personas mantienen una relación amorosa con el objetivo de avanzar en el conocimiento mutuo: si el noviazgo resulta satisfactorio para ambos, la pareja terminará casándose. En el caso contrario, ambas personas se separarán y cada una seguirá su camino.
Además de todo lo expuesto es importante que resaltemos que los noviazgos han ido cambiando a lo largo de la historia, fundamentalmente a la hora de iniciarse. Así, ahora, el comienzo de una relación de este tipo, por regla general, se produce como consecuencia de la voluntad y el deseo de los dos miembros. Pero tiempo atrás, era necesario que el hombre acudiera a casa de ella para pedirle permiso al padre de la misma.
Es importante establecer que existe una gran variedad de tipos de noviazgo. Todos ellos se diferencian en base a la idea o al funcionamiento que tienen en función de cuestiones tales como la fidelidad, la finalidad, el sexo, la duración o la formalidad.
Así, por ejemplo, hay relaciones de novios tradicionales donde se aboga por la fidelidad de ambos miembros mientras que existen otras en las que los dos miembros tienen claro que lo suyo es un noviazgo “abierto”. Esto lo que viene a significar es que ambos pueden mantener encuentros de tipo sexual con otras personas sin que eso vaya a afectar en absoluto a su relación.

Parejas destructivas o codependientes

Hostigante. Una de las partes acosa al otro. Le persigue, le vigila cuando el otro no lo sabe, le insulta, le menosprecia…
Paranoide. Hay desconfianza. Le quita el teléfono móvil para controlar sus llamadas, le impide hablar con los amigos de siempre…
Obsesivo. Huye del compromiso, pero exige que el otro esté a su disposición. Tendría atada a su pareja, mientras se marcha.
Narcisista. Es egoísta. Siempre habla de sí mismo y de lo que hace. El mundo gira a su alrededor y su satisfacción es lo único.
Antisocial. Maltrata, con gritos, golpes, menospreciando al otro, haciéndole sentir mal, y carece de cualquier sentimiento de culpa.
Caótico. Imprevisible, inestable y con emociones explosivas. No vive un amor real. Hoy es un apasionado y mañana te pide que no le llames.

La union conyugal desde la perspectiva juridica

El paso del noviazgo al matrimonio representa una decisión fundamental en la vida de dos personas. Se casaron y vivieron muy felices… ¿Dónde has escuchado esa frase…? Claro, en los cuentos… La vida real es otra cosa; no siempre hay ese final feliz. Hay que preparar ese momento para que resulte el verdadero inicio de un crecimiento personal.
El matrimonio se puede definir como la unión sexual de un hombre y una mujer elevada a la dignidad de contrato; en términos religiosos, “levada a dignidad de sacramento”.  Debe ser unión voluntaria con el propósito de convivencia permanente y cumplir los fines del matrimonio: complacencia y apoyo mutuo y por lo general con fines de procreación.

El Matrimonio Civil puede tener estas formas:
a) Sociedad conyugal, un régimen en el que ambos cónyuges aportan los bienes que llevan al matrimonio y los que adquieren ya casados.
b) Separación de bienes, régimen en el que cada cónyuge conserva la propiedad y administración de sus bienes y lo que cada uno produzca en lo sucesivo.
c) Capitulaciones matrimoniales, régimen en el que hay separación para determinados bienes y sociedad conyugal para otros.
     
La edad mínima, tanto para mujer como para hombre, son 18 años cumplidos. Anteriormente era de 14 para la mujer y 16 para el hombre; pero se ha considerado que se requiere como mínimo la madurez de los 18 años en adelante, por la trascendencia de esta decisión. El Código de Derecho Canónico de la I. Católica todavía establece como norma general edades mínimas de 14 para la mujer y 16 para el hombre. Sin embargo, acepta que en cada país los obispos modifiquen esta disposición